Definición:

Autorización para Casas de Representación Farmacéuticas (Medicamentos en general, Medicamentos homeopáticos, productos naturales de uso medicinal), Distribuidoras Farmacéuticas (Medicamentos en general, Medicamentos homeopáticos, Productos Naturales procesados de uso medicinal), y Empresas de Logística y/o almacenamiento de productos farmacéuticos (Medicamentos en general, Medicamentos homeopáticos, Productos Naturales procesados de uso medicinal) que distribuyan medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.

 

Procedimiento:

Para solicitar una calificación y autorización para el manejo de los medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, el usuario deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Descargar la orden de pago de acuerdo al proceso que desee realizar ingresando al siguiente link: http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.gob.ec/ordenes/index.php.
  2. Una vez emitida la orden de pago, el usuario deberá realizar el pago de la tasa correspondiente (tasas vigentes) en la cuenta Banco del Pacífico: Cta. Corriente Nº 7693184, a nombre de Arcsa.
  3. El usuario deberá escanear la orden de pago y comprobante de depósito y enviarlo al siguiente correo electrónico: arcsa.facturacion@controlsanitario.gob.ec.
  4. Recibida la copia de la orden de pago y el comprobante de depósito la Agencia emitirá al usuario la factura de pago de la tasa, de acuerdo al proceso solicitado.
  5. El usuario deberá ingresar la solicitud para la calificación  o autorización para el manejo de los medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización mediante oficio a las Coordinaciones Zonales o Planta Central de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA (conozca las direcciones de nuestras oficinas a nivel nacional aquí), adjuntando los requisitos correspondientes de acuerdo al proceso a realizar.
  6. Para conocer los requisitos necesarios para cada proceso, descargue la Guía de Usuario.
  7. Una vez ingresada la solicitud la Agencia revisará, validará la solicitud y la documentación entregada por el usuario.
  8. La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA, realizará la inspección al establecimiento farmacéutico con la finalidad de verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para el manejo de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, cuando aplique.
  9. Finalizada la inspección se elaborará el acta de inspección, documento que debe estar suscrito por el funcionario de la ARCSA que realizó la inspección y la persona natural o jurídica solicitante.
  10. En el término de 10 (DIEZ) días posteriores a la inspección, se elaborará el informe de inspección correspondiente.
  11. Si como resultado de la inspección técnica se comprueba que el establecimiento cumple con los requisitos establecidos, la ARCSA otorgará la calificación o autorización para el proceso solicitado referente a los medicamentos catalogados sujetos a fiscalización.

Instructivo y Guía de Usuario:

Formatos

 

Normativa Vigente:

 

Para más información:

Comuníquese a atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec