La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA, informa que hasta el 26 de Noviembre de 2014 deberán certificarse las pequeñas industrias y microempresas de riesgo Tipo A (Productos lácteos, bebidas no alcohólicas, aguas minerales, aguas embotelladas, productos cárnicos y derivados, alimentos dietéticos, alimentos para regímenes especiales, complementos nutricionales y ovoproductos).

 

Este requisito es obligatorio para las Plantas Procesadoras de Alimentos y se encuentra establecido en el Reglamento de Buenas Prácticas de Manufactura las cuales contemplan los principios básicos y las prácticas generales de higiene para la manipulación, preparación, elaboración, envasado y almacenamiento de alimentos para consumo humano. Esta normativa busca disminuir los riesgos inherentes a la producción.

 

Para realizar este proceso se emitió la Política de Plazos de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura para Plantas Procesadoras de Alimentos. Los requisitos y el procedimiento, se encuentran disponibles en la pestaña de “Buenas Prácticas” en www.controlsanitario.gob.ec. Este proceso le garantiza al usuario que los alimentos producidos tengan condiciones sanitarias de calidad, además que garantizan la salud de todos quienes consumen los productos certificados.