Reporte de la actividad de dispensación de medicamentos sujetos a fiscalización
Definición:
Reporte de las Farmacias que dispensen medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
Procedimiento:
- El responsable técnico de la farmacia deberá reportar mensualmente a la ARCSA los datos reales sobre su compra, existencia y venta de los medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
- El reporte del movimiento de dispensación deberá realizarse dentro de los 10 (DIEZ) primeros días de cada mes, entregando en las Coordinaciones Zonales de la Agencia, un oficio y medio magnético (CD) con la información que justifique los movimientos de los medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. (conozca las direcciones de nuestras oficinas a nivel nacional aquí)
Formato:
Informe mensual de movimientos de medicamentos sujetos a fiscalización
Instructivo y Guía de Usuario:
Normativa Vigente:
- Resolución_Arcsa_de_016_2016_ggg. – Normativa Técnica Sanitaria Sustitutiva para la Regulación y Control de Medicamentos que Contengan Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización
- Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control de uso de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
- Decreto 951 Reglamento a la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control de uso de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
Para más información:
Comuníquese a atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
