Inscripción de Alimentos Procesados por Línea Certificada en Buenas Prácticas de Manufactura-BPM
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A partir del 21 de diciembre de 2015, por Resolución ARCSA-DE-067-2015-GGG, los alimentos procesados requieren Notificación Sanitaria en lugar de Registro Sanitario, para su distribución y comercialización en el Ecuador.
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Definición: |
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| Los alimentos procesados elaborados en líneas de producción certificadas con Buenas Prácticas de Manufactura no requieren obtener la notificación sanitaria pero deberán inscribir sus productos a través del sistema informático establecido por la Agencia.
Alimento procesado.- Es toda materia alimenticia que para el consumo humano ha sido sometida a operaciones tecnológicas necesarias para su transformación, modificación y conservación, que se distribuye y comercializa en envases rotulados bajo una marca de fábrica determinada. El término alimento procesado, se extiende a bebidas alcohólicas y no alcohólicas, aguas de mesa, condimentos, especias y aditivos alimentarios. Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.- Documento expedido por los Organismos de Inspección Acreditados (OIA), a la planta procesadora de alimentos que cumple con todas las disposiciones establecidas en la presente Normativa Técnica Sanitaria. Código único BPM.- Código alfanumérico otorgado a la planta procesadora de alimentos cuya línea o líneas de producción han obtenido una certificación en Buenas Prácticas de Manufactura o sistemas rigurosamente superiores y cuyo certificado ha sido registrado u homologado en la ARCSA. El titular del certificado de BPM que elabore un producto alimenticio procesado dentro de la línea certificada en BPM y registrada en la ARCSA, para comercializar el producto a nivel nacional debe inscribir el producto a través del sistema BPM, VUE o en el sistema que la Agencia implemente para el efecto. En caso que el usuario requiera inscribir un producto que no se encuentre bajo la línea certificada en BPM, el mismo debe obtener notificación sanitaria. Excepciones: Se exceptuarán de la inscripción en línea certificada en BPM los siguientes productos:
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Solicitud de Notificación Sanitaria: |
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| La inscripción del alimento procesado elaborado en línea certificada en BPM se debe realizar en el sistema de BPM o en el sistema que la Agencia implemente para el efecto, para fabricantes nacionales; o VUE para fabricantes extranjeros por medio de una solicitud digital. En el formulario de solicitud se debe declarar la fórmula cuali-cuantitativa del producto final, expresada en porcentaje y en forma decreciente con base al 100%.
En el sistema se consignará datos y documentos:
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Guía del usuario: |
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Vigencia: |
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| Los alimentos procesados que hayan sido inscritos de acuerdo a la línea de producción certificada con BPM podrán comercializarse durante la vigencia del certificado de BPM o rigurosamente superior registrado en la Agencia.
Una vez que se renueve y reinscriba el certificado de BPM o rigurosamente superior en la ARCSA, y los alimentos procesados no hayan sido objetos de suspensión, se reinscribirán automáticamente según la línea de producción certificada. En el caso de realizar modificaciones A LA INFORMACIÓN DECLARADA EN EL CERTIFICADO DE de inscripción de alimentos procesados por línea certificada en buenas prácticas de manufactura deberán ser notificadas sin costo y posteriormente autorizadas por la ARCSA mediante una solicitud de Modificación. |
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Código de la notificación sanitaria: |
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| El código único para la comercialización del alimento procesado inscrito en línea certificada en BPM, será el correspondiente al código único establecido por la ARCSA al certificado de BPM registrado. Dicho código permitirá identificar los productos para todos los efectos legales y sanitarios, mismo que será un código único asignado para el establecimiento procesador de alimentos y se mantendrá inalterable durante su vida comercial | ||
Costo: |
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| Las tasas vigentes las puede descargar aquí | ||
Consultas técnicas: |
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Más información de Interés: |
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